PROINTER 2004: Programa de Internacionalización - Ayudas a las acciones de Promoción y de Implantación en el Exterior

DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO

Industria, Comercio y Turismo

ÓRGANO GESTOR

Dirección de Internacionalización

OBJETO

Mejorar la competitividad de la empresa vasca apoyando su consolidación en los mercados exteriores y sus implantaciones en el exterior.

DESTINATARIOS/AS

PYMEs radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, Grupos de Promoción, Consorcios de Exportación, Centros Tecnológicos y Sectoriales Vascos y, en el caso de las Implantaciónes Productivas en el Exterior, cualquier empresa radicada en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

DOTACIÓN ECONÓMICA

Subvención a fondo perdido según los siguientes límites, en porcentaje y en valor absoluto del gasto apoyado:

- Actuaciones Interempresariales Simples: hasta el 40%, máximo 12.000 euros por empresa, 30.000 euros por conjunto de gastos aprobados.

- Grupos de Promoción: hasta el 50%, máximo 12.000 euros por empresa, 40.000 euros por conjunto de gastos aprobados.


- Consorcios de Exportación en Origen: hasta el 50%, máximo 12.000 euros por empresa, 50.000 euros por conjunto de gastos aprobados.

- Consorcios de Exportación en Destino: hasta el 50% con los siguientes máximos:

         a) Durante el 1º y 2º año: 70.000 euros por conjunto de gastos aprobados.

         b) Durante el 3º y 4º año: 12.000 euros por empresa, 50.000 euros por conjunto de gastos aprobados.

    Durante el 5º año y sucesivos, los gastos apoyables y las cuantías a aplicar serán las de Actuaciones Interempresariales Simples.

 
- Nuevos Mercados: hasta el 40%( 50% en el caso de países prioritarios), máximo 12.000 euros por mercado, (15.000 euros en el caso de países prioritarios).

- Implantaciones Comerciales en el Exterior:

     a) Estudio de viabilidad de la implantación: hasta el 30%, máximo 12.000 euros.
     b) Gastos de constitución, estructura, promoción y otros que se entiendan necesarios: hasta el 30%, máximo 48.000 euros.

- Implantaciones Productivas en el Exterior:

     a) Estudio de viabilidad de la implantación: hasta el 40%, máximo 12.000 euros.
     b) Gastos de constitución y otros gastos que se entiendan necesarios: hasta el 40%, máximo 36.000 euros.

ORDEN de 16 de abril de 2003, del Consejero de Industria, Comercio, y Turismo, por la que se desarrolla el programa PROINTER, de ayudas a las acciones de promoción y de implantación en el exterior.

ORDEN de 19 de febrero de 2004 de modificación de la Orden, por lo que se desarrolla el programa Pointer. No seran subvencionables aquellos proyectos de implantación en el exterior a realizar en los paises ya adheridos a la Unión Europea a la fecha de publicación de esta norma.

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2004 del Viceconsejero de Innovación y Desarrollo Industrial, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas, dentro del marco establecido por la Orden de 16 de abril de 2003, que regula el programa PROINTER, de ayudas a las acciones de promoción y de implantación en el exterior, para el ejercicio 2004.

PERSONAS DE CONTACTO

Gobierno Vasco
Dirección de Internacionalización
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Tfno.: 945 01 99 80/81/82/83/69 E-mail: comercio-ext@ej-gv.es


Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Alava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Tfno.: 945 01 70 52 E-mail: e-araba@ej-gv.es


Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Bizkaia
Gral. Concha, 23
48010 Bilbao

Tfno.: 94 403 14 79 E-mail: e-bizkaia@ej-gv.es


Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Gipuzkoa

Easo, 10

20006 Donostia-San Sebastián
Tfno.: 943 02 25 22 E-mail: e-gipuzkoa2@ej-gv.es

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

1. Copia de la escritura del Apoderamiento Legal del Representante Legal.

2. Catálogo de productos a la empresa o página Web, si dispone de él. En el caso de actividades en COOPERACIÓN  (Actuaciones Interempresariales Simples, Grupos de Promoción y Consorcios de Exportación) catálogo de productos de todas las empresas participantes.

3. Copia del Impuesto de Sociedades completo del último año.

4. Certificación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias del solicitante (sólo en caso de que no se autorice a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi a solicitar a los órganos competentes en materia tributaria dicha certificación).

 En el caso de ACTUACIONES INTEREMPRESARIALES SIMPLES Y GRUPOS DE PROMOCIÓN, certificación acreditativa de todas las empresas participantes.

5. En el caso de la línea de los GRUPOS DE PROMOCIÓN, Plan de Actuación previsto para el período abarcado por el acuerdo de colaboración.

Describirá:
              a) Objetivo a alcanzar ( a 1 año, a 2 años, etc.).
              b) Estrategias a desarrollar.
              c) Actuaciones previstas para el período completo del acuerdo de colaboración.

6. En el caso de CONSORCIOS DE EXPORTACIÓN que solicitan ayudas por primera vez, documentación acreditativa de la constitución del Consorcio de Exportación y estatutos internos de funcionamiento.

7. En el caso de IMPLANTACIONES COMERCIALES, documentación acreditativa de la constitución de la implantación.

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES

03/04/04 - 04/05/04

LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES


Gobierno Vasco
Dirección de Internacionalización
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Bizkaia
Gral. Concha, 23
48010 Bilbao

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Alava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz

Cámaras de Comercio del País Vasco

DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES

- Concesión de la ayuda: Resolución de la Directora de Internacionalización.

- Pago de la ayuda: Una vez acreditado por parte del beneficiario la efectiva realización de los gastos apoyados, antes del 1 de marzo del ejercicio siguiente al de la solicitud.

ÓRGANO QUE RESUELVE

Director/a de Internacionalización.

PLAZO DE RESOLUCIÓN

Seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación del programa.

EFECTOS DEL SILENCIO

Desestimatorios

FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA

La resolución NO pone fín a la vía administrativa

RECURSOS / RECLAMACIONES

No hay

OBSERVACIONES

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

CONSOLIDACION:

- Actuaciones Interempresariales Simples: apoyo a las acciones conjuntas de promoción exterior realizadas por dos o más entidades independientes y no vinculadas.

- Grupos de Promoción: apoyo a las actividades de promoción exterior realizadas por dos o más empresas independientes y no vinculadas, y que cuenten con un plan de actuación consensuado que tenga como objetivo iniciar, fortalecer o consolidar la presencia del grupo en uno o varios mercados. Será necesario realizar un mínimo de 3 actividades.

- Consorcios de exportación: apoyo a los gastos de funcionamiento del Consorcio, así como a las acciones de promoción exterior realizadas por los mismos.

- Nuevos Mercados: apoyo a las acciones de promoción exterior realizadas por una empresa para dar a conocer sus productos o servicios en nuevos mercados.
Se entiende por Nuevos Mercados aquéllos en los que la empresa no cuenta con una red comercial propia, y/o sus ventas en el mismo no superen el 10% de su exportación total.

Asimismo, para poder acceder a esta línea es necesario que la empresa exporte más del 20% de la facturación o que haya pasado por el programa PIE-PIPE-2000 en años anteriores.

IMPLANTACION:

- Implantaciones Comerciales en el Exterior: apoyo a la apertura de filiales y sucursales comerciales en el exterior.

- Implantaciones Productivas en el Exterior: apoyo a las inversiones destinadas a ejecutar un nuevo proyecto de fabricación en el extranjero o la toma de participación en empresas ya existentes. (Paises no adheridos a la Unión europea a fecha de 2 de Abril de 2004).

NOTA

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Última modificación: 03/05/2004